5 de enero de 2017:
La alcaldesa de Maipú aclara en relación a los “trabajadores fantasmas”:
“Solo nos referimos a un grupo de casos descubiertos, pero no a la totalidad de los trabajadores que no se les renovó contrato”.
Lamentablemente —por eso se trató de una aclaración—, ya estaba instalada entre la opinión pública la idea de que la nueva administración no le había renovado el contrato a alrededor de 500 “funcionarios fantasmas”.
13 de enero de 2017:
Carlos González interpone ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago una demanda en contra de la Municipalidad de Maipú, por despido injustificado, improcedente o indebido, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales y previsionales.
González señala que prestaba servicios a la Municipalidad, específicamente en la Dirección de Obras desde el año 2008. Entre los años 2012 y 2015 cumplió labores dentro de la Dirección de Inspección y posteriormente, en el año 2016 en la Dirección de Desarrollo Comunitario, concretamente en los departamentos de deportes y recreación, percibiendo una remuneración de 530 mil pesos y fracción (es decir, no era un funcionario fantasma).
Hasta que el 30 de diciembre se le señaló “que no se me renovaría el contrato para el año 2017, que después de las fiestas de fin de año ya no regresara a trabajar”.
El demandante expone que “no obstante que los sucesivos contratos de trabajo que suscribió con la demandada señalan que fue contratado a honorarios y en el marco de una relación civil, la realidad es que siempre desarrollé mis funciones bajo un vínculo de subordinación y dependencia, y no podía apartarme de las directrices impartidas por mis superiores jerárquicos”.
21 de marzo de 2017:
Carlos González y la Municipalidad de Maipú suscriben una conciliación:
“La parte demandada, sin reconocer los hechos expuestos en la demanda y con el solo ánimo de poner término al presente juicio, pagará al actor la suma única y total de $6.000.000.- en una sola cuota, pagadera en un plazo de 20 días hábiles…”.
Las costas procesales serán a cargo de cada parte.
28 de marzo de 2017:
Se somete a votación del Concejo Municipal la transacción por la que se pagarán 6 millones de pesos al trabajador “desvinculado, desafectado, no renovado o despedido”, como señaló el concejal Alejandro Almendares (RN), quien, junto a la concejala Marcela Silva (PS), fueron los únicos que rechazaron.
El concejal Almendares justificó:
“No tengo a mano los informes de la conciliación; segundo, no tengo también las funciones que cumplía el servidor desafectado; tercero, las razones por las cuales fue desafectado; cuarto, el motivo de por qué se cierra la negociación en una cantidad determinada; cinco, qué criterios se aplican, y; seis, si existe la disponibilidad presupuestaria para aprobar (…) y mientras no se analice no puedo concurrir a la aprobación, señora alcaldesa”.
Mientras que la concejala Silva simplemente encendió el micrófono y pronunció:
—Rechazo.
Por su parte, el concejal Ariel Ramos (PC), quien aprobó la moción, manifestó su preocupación:
“El antiguo administrador nos había dicho que esta decisión de desvincular a tantos trabajadores tenía que ver con responsabilidad fiscal. Y bueno, a mí me entra la duda, porque si hoy día son seis millones, y vamos a seguir aprobando este tipo de juicios, de transacciones extrajudiciales, claramente no hay una conducta responsable en cuanto al cuidado de las finanzas municipales”.
Desde la administración se le contestó que “de las 500 y algo no renovaciones, son alrededor de 60 demandas”. “Respecto de las transacciones, se tendrán que ir viendo caso a caso”.
Ni Horacio Saavedra, ni Pedro Delgadillo, ni Karen Garrido, ni Gonzalo Ponce, ni Erto Pantoja, ni la alcaldesa, en último término, agregaron más que su aprobación.
Como señala este documento del Estudio Jurídico Sindical:
“El trabajo a honorario es un trabajo precario, porque queda al margen de toda protección laboral”. “Además, no gozan de estabilidad en el empleo, ya que su continuidad queda al arbitrio de la autoridad de turno, cuestión que está fuertemente influenciada por factores políticos”.
“Una de las estrategias que han utilizado los trabajadores a honorarios en la búsqueda de protección es la vía judicial, impetrando acciones laborales cuando son despedidos a fin que se reconozca su calidad de trabajadores dependientes y, a consecuencia de ello, se declare la existencia de un vínculo laboral, ordenándose el pago de las cotizaciones de seguridad social por todo el tiempo trabajado y de las indemnizaciones legales derivadas del término de la relación laboral”.
Periodista y comunicadora social en márketing. Vive en Maipú. Amante de la vida, los libros y los perros.
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