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Matrimonio igualitario: Senado de la República respalda histórica aprobación, proyecto listo para convertirse en ley

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Una fecha considerada como histórica por la trascendencia de este proyecto, que tras discusión en ambas cámaras y en comisión mixta, finalmente quedó listo para convertirse en ley, despachado por mayoría por la sala del senado modificando el código civil y otros cuerpos legales con el objetivo de dar paso a este reconocimiento legal y social que permitirá el matrimonio de parejas del mismo sexo y regular los derechos y obligaciones que adquirirán quienes lo celebren.

El senado de la República respaldó esta iniciativa en votación efectuada el día martes 7 de diciembre, ocasión en la que se obtuvieron 21 votos a favor, 8 en contra y 3 abstenciones favorables al informe de la comisión mixta.

Chile es el país número 25 en el mundo en reconocer el matrimonio igualitario y el número 6 de América latina.

Solo quedan trámites habituales y normales de las leyes, como es la revisión del Tribunal Constitucional (examen normal de leyes), la promulgación y publicación en el Diario Oficial. 90 días después de esto, la norma estará plenamente vigente.

Aspectos destacados en esta aprobación son entre otros:

  • Se cambia las palabras “marido” y “mujer” por “cónyuges”, sin distinción de sexo, orientación sexual o identidad de género. Del mismo modo, se hará referencia a “progenitores”, en vez de “padre” y “madre”.
  • Se entenderán como progenitores de una persona a la madre y/o padre, sus dos madres, o sus dos padres.
  • Se especifica que el “matrimonio es contrato solemne por el cual dos personas se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente”.
  • En materia de filiación, se establece que esta puede no encontrarse determinada respecto de uno de sus progenitores, o de ambos. En el caso del hijo que nazca por la aplicación de técnicas de reproducción humana asistida, la filiación quedará determinada respecto de las dos personas que se hayan sometido a ellas.
  • Contempla la no discriminación por orientación sexual o identidad de género, entre otras categorías, para efectos del ejercicio del cuidado personal de menores de edad.
  • Elimina el divorcio automático para personas trans que cambian su nombre y sexo de manera legal en Chile.
  • Garantiza los derechos laborales de pre y post natal sin discriminación por sexo, orientación sexual o identidad de género.

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