“Maipú tiene un gran desafío, pues este sistema es absolutamente replicable, incluso mejorable, pues junto a los recursos que asigna el subsidio, que es promedio cerca de 600 UF por Unidad Habitacional, es posible conseguir otros recursos de la empresa privada, en este caso, con cargo a la Ley de Donaciones con Fines Sociales”, escribe el abogado Nolberto Salinas.
Por Nolbero Salinas*.
Cómo nace la iniciativa del alcalde de Recoleta de Recoleta de lanzar la inmobiliaria popular:
Primero, el alcalde Daniel Jadue es un conocedor de las normas urbanísticas y naturalmente un estudioso de cada una de las disposiciones facultativas que establece la Ley Orgánica de Municipalidades, la que en su Artículo 4º habilita a los Municipios para que en el ámbito de su territorio, puedan desarrollar, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas con la construcción de viviendas.
Llevar adelante este tipo de iniciativas requiere de una gestión articulada que debe incluir a buena parte de los Organismos del Estado, pues las facultades señaladas en la Ley Orgánica de Municipalidades sería letra muerta si no se dispone de recursos.
El aporte del Alcalde Jadue fue poner en movimiento toda esta normativa y hacerle ver al Ministerio de Vivienda la necesidad de habilitar subsidios especiales, que requerían incluirse en la Ley de Presupuestos.
En la discusión parlamentaria del proyecto de Ley de Presupuestos , se aprueba una Glosa que destina recursos para que “el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a través de los Servicios de Vivienda y Urbanización, pueda otorgar subsidios de los Programas Habitacionales vigentes, a personas jurídicas de derecho público o privado sin fines de lucro que tengan por objeto construir viviendas o transformarlas en residencias multifamiliares o mejorarlas, las que serán destinadas en todos los casos al arrendamiento a familias que cumplan con los requisitos del Programa regulado por el D.S. 52, (V. y U.), de 2013″.
El otorgamiento de los referidos subsidios, los gravámenes y sus plazos asociados a las edificaciones y las condiciones de los llamados se regularán por resolución exenta del Ministro de Vivienda y Urbanismo, visada por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, la que podrá dictarse una vez publicada la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2018.
Maipú tiene un gran desafío, pues este sistema es absolutamente replicable, incluso mejorable, pues junto a los recursos que asigna el subsidio, que es promedio cerca de 600 UF por Unidad Habitacional, es posible conseguir otros recursos de la empresa privada, en este caso, con cargo a la Ley de Donaciones con Fines Sociales.
Si la Alcaldesa Cathy Barriga y el Concejo Municipal se lo proponen, en un par de años sería posible disponer de departamentos para la renta, sin que esto se transforme en una empresa con fines de lucro.
No hay que tenerle miedo a este tipo de proyectos, ya en países como Estados Unidos este modelo de gestión inmobiliaria por parte de los Municipios, es un ejercicio que se viene impulsando hace muchos años.
*Abogado, experto en derecho urbanístico.
[Imagen de portada: Municipalidad de Recoleta].
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