Siempre es muy esperado y bienvenido el aguinaldo dieciochero, que trae una cuota extra de dinero en esta fecha tan importante, ya que desde los albores del siglo pasado se consolidó el 18 de septiembre como Conmemoración de la Independencia Nacional y el día 19 como Celebración de las Glorias del Ejército.
Este año 2024, según el artículo 21 de la ley 21.647, los montos de aguinaldo para estas largas Fiestas Patrias serán los siguientes:
Aguinaldo para los trabajadores públicos:
- Monto de $85.093: Para quienes tienen un sueldo líquido igual o inferior a $984.282 en agosto de 2024.
- Monto de $59.071: Para quienes tienen un sueldo líquido superior a $984.282 en agosto de 2024.
Para estos efectos, se entenderá como remuneración líquida el total de las de carácter permanente correspondientes a dicho mes, excluidas las bonificaciones, asignaciones y bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional; con la sola deducción de los impuestos y de las cotizaciones previsionales de carácter obligatorio.
¿Cuál es el monto del aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados?
Según el artículo 21 de la ley 21.647, el monto del aguinaldo de Fiestas Patrias 2024 para pensionados es de $24.261, con un adicional de $12.446 por cada carga familiar.
El Instituto de Previsión Social (IPS) confirmó que, a contar del lunes 2 de septiembre, los beneficiarios comenzarán a recibir este beneficio, dependiendo de la fecha en que les corresponda el pago de su pensión.
Trabajadores del sector privado.
En el caso de los trabajadores del sector privado, el aguinaldo de Fiestas Patrias no es obligatorio y tal beneficio tiene el carácter de voluntario que el empleador pueda otorgar.
El Aguinaldo es obligatorio en una empresa cuando esté mencionado en el contrato de trabajo, o bien estipulado en cláusula de contrato colectivo, o cuando se entiende como tácito si el empleador ha otorgado este beneficio en ocasiones anteriores.
La Batalla, de Maipú hacia el Mundo.