Política

Consejo de la Sociedad Civil de Maipú denuncia incumplimiento de la ley en entrega del presupuesto 2022 por parte del municipio

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Con la firma de una importante cantidad de dirigentes del Consejo de la Sociedad Civil (COSOC) de la comuna de Maipú, encabezadas por su vicepresidenta Adriana Mena, se dio a conocer una delicada situación que revelaría la falta de participación e información oportuna conforme a la ley, de uno de los procesos de mayor importancia para la comuna como lo es el conocimiento y aprobación del presupuesto municipal.

Entre sus funciones, conforme a lo que indica la ley, este Consejo deberá recibir los informes del alcalde acerca de los presupuestos de inversión, del plan comunal de desarrollo y sobre las modificaciones al plan regulador. Asimismo, en marzo de cada año, el Consejo deberá pronunciarse respecto de la cuenta pública del edil, sobre la cobertura y eficiencia de los servicios municipales, y sobre toda materia de relevancia comunal que les haya sido presentada por el alcalde o el Concejo Municipal.

La misiva dirigida al alcalde de la comuna Tomás Vodanovic Escudero, señala que siempre y aun con el gobierno comunal anterior, el presupuesto se presentó en el tiempo exigido y con lo que debe contener.

Reclaman los dirigentes el haber recibido ahora un extracto parcial y en un tiempo mínimo requerido y que, por las razones antedichas, no se habría cumplido con lo preceptuado en la ley 18665 título IV de la participación ciudadana.

Cabe hacer presente que con la promulgación de la Ley N° 20.500, en febrero del año 2011 se abrió un espacio de participación ciudadana, brindando un marco normativo y de acción a las personas para que puedan ser parte de un modo más activo en la construcción y desarrollo de las decisiones de los Organismos de la Administración del Estado.

En este sentido, las funciones más importantes que tienen los COSOC son:

a)      Pronunciarse, sobre la Cuenta Pública del alcalde, cobertura y eficiencia de los servicios municipales y las materias que hayan sido establecidas por el Concejo Municipal.

b)      Formular observaciones a los informes del alcalde sobre los presupuestos de inversión, como también la presentación de reclamos de ilegalidad respecto de resoluciones u omisiones ilegales del municipio

c)       Solicitar al alcalde, previa ratificación de los 2/3 de los concejales en ejercicio, la realización de un plebiscito comunal.

Estas funciones son relevantes y concordantes con el espíritu de participación y transparencia que ha declarado la actual administración, ya que representan la voz de los vecinos y vecinas organizados.

Las funciones descritas son de gran relevancia, en cuanto al sentido de accountability frente a la gestión municipal que no solo depende de la voluntad del alcalde y los concejales/as.

A continuación, el texto dado a conocer por el COSOC de Maipú:

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