Ante el 9° juzgado de garantía, sala 901, el día 23 de septiembre de 2015, en una audiencia de tres minutos de duración y ante la magistrado Claudia Burgos Sanhueza, se resolvió dejar sin efecto la medida cautelar contemplada en el artículo 155 letra A, respecto del profesor y concejal (PPD) de Maipú, Carlos Jara.
Medida que se sustituye por la firma quincenal contemplada en el artículo 155 letra C, según petición de la defensa, y que contó con la anuencia de los intervinientes en la audiencia.
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