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Alcalde Vodanovic acude al Congreso para proponer que Municipios obtengan facultades de clausura contra locales inseguros

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El alcalde de Maipú, Tomás Vodanovic, acudió al Congreso Nacional para solicitar un cambio legal que faculte a las Municipalidades a clausurar locales nocturnos que sean un riesgo a la seguridad de las comunas. La petición del edil a los legisladores llega en el marco de la controversia de su Municipio con el centro de eventos Don Óscar ubicado en la avenida pajaritos de la comuna, donde han sido de público conocimiento incidentes producto de balaceras en su interior que han terminado con víctimas fatales

La solicitud de Vodanovic fue planteada en una sesión de la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados. Específicamente, el alcalde propuso una indicación al proyecto de ley que fortalece el rol de las municipalidades en la prevención del delito y seguridad pública, que entregue a los alcaldes la posibilidad de “suspender actividades” de recintos donde se producen hechos con carácter de delito.

“Hoy, para un alcalde es más fácil clausurar un local comercial que no paga su patente, que clausurar un centro de eventos en el cual han asesinado a cuatro personas. Por lo mismo, expusimos una propuesta para poder darle a los municipios las facultades y las herramientas para poder clausurar centros de eventos cuando en ellos suceden hechos reiterativos de delito que son graves tanto para la seguridad de quienes asisten, como de las comunidades aledañas”, dijo Vodanovic

“Nos vamos bastante conformes, porque tanto en diálogo con el subsecretario de Prevención del Delito, como con los diputados y diputadas de distintos sectores, vemos un ánimo transversal de poder avanzar”, añadió. 

En términos concretos, la indicación propuesta por el jefe comunal permite que los alcaldes puedan decretar la “suspensión de actividades” de un recinto, local o establecimiento comercial o de expendio de bebidas alcohólicas, cuando en el lugar ocurran hechos que afecten la vida, integridad o seguridad de las personas, con resultados graves o fatales. 

Asimismo, se facultaría a los alcaldes a aplicar esta medida cuando los hechos se produzcan en las proximidades de estos recintos y haya indicios suficientes para presumir que el hecho ocurrió con ocasión de la actividad realizada en ese lugar. 

La “suspensión de actividades” ocurriría por 30 días con posibilidad de prórroga. 

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